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25735/2011 – “Tecno Nova San Pedro S.A. s/quiebra” – CNCOM – SALA F – 20/03/2018
QUIEBRAS. Resolución de primera instancia que establece que el comprador en subasta no será responsable por las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas con anterioridad a la toma de posesión del bien, incluidas las eventuales deudas por expensas comunes en caso de tratarse de un inmueble sujeto al régimen de la Ley 13.512. Consorcio de propietarios apela. Obligaciones que constituyen gastos del concurso en los términos del artículo 244 de la Ley 24522. Créditos que postergan inclusive a los acreedores hipotecarios. Se confirma el decisorio recurrido.
Citar: elDial.com - AAA75B
Publicado el 17/04/2018
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Términos mencionados en este fallo: inmueble, posesión, expensas, comprador, devengadas, anterioridad.